La concordancia del verbo referido a un solo sujeto y el adjetivo a un solo sustantivo
En las acepciones que la RAE registra en el diccionario acerca de la palabra Concordancia aparece: «’Correspondencia o conformidad de una cosa con otra’; ‘Correspondencia o conformidad entre los morfemas gramaticales de dos o más palabras variables en sus morfemas gramaticales’».
Se tomará el segundo significado de concordancia referente a la gramática que es el tema objeto. Por una parte, para observar la íntima relación de correspondencia que en la cadena hablada establece en género y número el sustantivo con el adjetivo que lo acompañe; por otra, la de número y persona del sujeto con el verbo.
La concordancia es un fenómeno lingüístico que pone de manifiesto relaciones internas entre elementos del sintagma nominal, y entre los sintagmas nominal y verbal entre sí. La concordancia entre el sustantivo núcleo del sintagma nominal y el verbo núcleo del sintagma verbal radica en la igualdad de número y persona.
En esta relación se impone por el sujeto la adopción de morfemas de número y persona al verbo.
Cuando varias personas gramaticales forman parte del sujeto se prefiere la primera, pero si solo aparece la segunda y la tercera se optará por la segunda. Por ejemplo: Tú y yo somos amantes; Tú y él peleáis (pelean) por ganar el campeonato.
Uno de los medios de relación interna está dado por la igualdad de género y número entre sustantivo y adjetivo, y la igualdad de número y persona entre un verbo y su sujeto. Sucede que en español el sujeto está contenido en la desinencia verbal por lo que concordancia de sujeto y verbo rige únicamente para los casos de determinación y desarrollo del sujeto fuera del verbo que lo contiene.Muy sencillas resultan las reglas de la concordancia, pero enorme el registro de singularidades en la lengua, de casos concretos, que no se encasillan a las normas fijadas. Se hace necesario, entonces, apuntar que la relación entre un verbo y su sujeto, o entre el sustantivo y los adjetivos que lo califican o determinan supone por parte del que habla un análisis del sujeto y del sustantivo en cada caso.
En el pensamiento este análisis de lo mentado se trata de expresar gramaticalmente. Y justo ahí, puede ocurrir que la expresión gramatical de la concordancia no coincida con la concordancia mentada debido a determinados factores o desajustes, pero también puede producirse para causar un efecto de estilo. Queda claro que lo normal debe ser que esté ajustada la concordancia mentada con la gramaticalmente expresada.
Andrés Bello apunta en su finísimo y culto uso normativo afianzarse en casos discordantes dudosos a la concordancia rigurosa gramatical.
Así, serán de observación dos reglas básicas:
- Cuando el verbo se refiere a un solo sujeto y el adjetivo a un solo sustantivo.
- Cuando el verbo se refiere a varios sujetos y el adjetivo a varios sustantivos.
En la regla #1 el verbo concuerda con el sujeto en número y persona, y el adjetivo concuerda con el sustantivo en género y número.
Ejemplos: ‘El baile duró hasta el amanecer’; ‘Los bailes duraron hasta el amanecer’.
‘La noche arcana envolvió a los enamorados’; ‘Las noches arcanas envolvieron a los enamorados’.
Pueden sucederse otros casos que se expondrán en tres grupos:
Cuando discrepa el sexo de las personas con el género gramatical de los tratamientos o del sustantivo con que se les designa, ejs., ‘Usted es el culpable’ o ‘Usted es la culpable’; ‘Su Majestad Católica otorgó el permiso solicitado’.
Se pueden encontrar ejemplos donde se designa la persona con un sustantivo de género diferente al de su sexo que puede concordar con él; en otros, la aposición y denominaciones íntimas no frenan el concordar el sexo de la persona a quien se aplica.
La concordancia en los colectivos es otro de los casos. Los sustantivos colectivos enclaustran idea de pluralidad; cuando están en singular conciertan con un adjetivo o verbo en plural, aunque a veces se dude ante esta concordancia de sentido.
Favorece la concordancia de sentido y, por consiguiente, la idea de pluralidad, la no determinación o diversidad de los individuos que entran en la denominación colectiva. Contrario a ello, la uniformidad o determinación de los componentes fortalece el carácter unitario del colectivo y la concordancia gramatical.
Otro aspecto que favorece la concordancia en plural de los colectivos singulares es lo distante que se encuentren o no del verbo o adjetivo con que deben concordar; si la distancia es mucha, porque existen varias palabras interpuestas aumenta esta posibilidad; si por el contrario es poca, o si los elementos concertados se suceden de inmediato se impone la concordancia gramatical por proximidad.
Las oraciones atributivas, donde figura un sujeto o un atributo colectivo, pueden llevar, con alguna frecuencia, el verbo en plural si el otro elemento, atributo o sujeto es plural. Los pronombres neutros en su significación colectiva consiguen ofrecer las mismas concordancias.
Se dice que el plural y singular colectivo tienen entre sí limites inciertos y, por tanto, la causa de esta concordancia tendría que examinarse en la esencia misma de las oraciones atributivas.
En estas oraciones el sujeto y el atributo pueden cambiar su papel sin que el sentido se altere, de ahí su reversibilidad; no influye la separación entre sujeto y verbo, para que se incline a concertar con él o con el atributo.
La discordancia deliberada se emplea para el logro de un efecto estilístico, es decir, se dirige la acción desde un sujeto singular con verbo en plural para provocar intencionalmente determinado resultado. Esta discordancia se produce también con el llamado plural de modestia, donde el hablante se expresa de sí mismo a través de la primera persona del plural (nosotros), o desde el plural mayestático.
Los demostrativos neutros aplicados a personas de ambos sexos en singular o en plural, para significar menosprecio, ofrecen un contraste deliberado entre lo expresado y su expresión, ej., ¡mira eso!, eso puede ser cualquier persona o grupo de ellas.
Resumiendo, por la riqueza del español en el habla oral y escrita ocurren determinadas discordancias gramaticales aceptables cuya naturaleza es de diversa procedencia.
1.La espontaneidad y premura en el diálogo.
–¿Ya escampó?
–Nada…un nubarrón pasajero…mejor así.
2.Mayor interés del que habla en el contenido conceptual y no en lo formal.
Eso son mentiras tuyas.
3.Atracción desplegada por un término sobre el más cercano.
Reinaba en aquel lugar un bullicio y una animación extraordinarios.
4.Búsqueda de efectos estilísticos (quien habla emplea 1ra. persona del plural).
Plural de modestia
Habíamos concretado con ustedes la compra de la casa.
Responsabilidad atenuada
Lo echamos a perder.
Participación afectiva
¿Cómo estamos?
Sorpresa o ironía
Conque, ¿esas tenemos?
Casos especiales de concordancia relacionados con la primera regla general
IV. Los títulos y tratamientos como excelencia, señoría, santidad, majestad, conciertan con el adjetivo masculino o femenino, según el sexo de la persona a quien se aplica; es un caso de concordancia por el sentido.
Su Majestad está bendecido.
Su Majestad está bendecida.
Su Señoría es justo.
Su Señoría es justa.
Según Gili Gaya aparecen esporádicamente casos con el adjetivo en singular. Para poderse explicar es necesario considerar la intervención de dos elementos viables.
El primero, la intención de no calificar con el adjetivo más que al sustantivo más cercano, por ejemplo: ‘amor y esperanza latente’ frente a ‘amor y esperanza latentes’.
El segundo, la dependencia del grado de cohesión con que se piensan los sustantivos, por ejemplo: ‘Lengua y literatura españolas’ supone los dos sustantivos en su aislamiento, mientras que ‘Lengua y literatura española’, los piensa en su conjunto unitario, que permite calificarlo en singular’.
Al cierre de la Regla #1 sobre la concordancia, te dejamos la invitación para que ojees el próximo artículo y conozcas la Regla #2.